sábado, 21 de enero de 2012

LAS PALABRAS DE MISERABLE METIDO A LADRON EN ANDAUCIA

LAS PALABRAS DE UN MISERABLE METIDO A LADRON EN ANDALUCIA

“Yo lo centraría el motivo, en que de alguna manera, pues no ha sentado bien, que la Dirección General de Deportes de la  Junta de Andalucía, haya denegado la  creación de  otra Federación paralela a la nuestra, con mucho sentido, pienso yo, que si hay una federación ya creada, lo que hay que hacer , si se quiere, de alguna manera, pues practicar este deporte, integrarse en la que hay y trabajar, trabajar, todos unidos que yo creo que sería la solución,   la paloma  lleva una caperuza protectora, que yo creo  que da lugar, a entender de que somos respetuoso al máximo con la práctica de deporte y además estamos practicando un deporte que no es reciente, estamos practicando un deporte, que data del año 1480 y tantos, con los Reyes Católicos, después con las Ordenanzas de Cádiz”.
Lo descrito anteriormente, pertenece a discurso público que con ocasión del programa de televisión Tierra y Mar, fue difundido por  Canal Sur, televisión pública andaluza, el domingo 11 de diciembre a las 14,10 horas;  es trascripción literal de las   palabras del Presidente de la Federación Andaluza de Colombicultura.
Como ya nos tiene acostumbrado, y en evitación de que algunos de sus fanáticos deportistas, pudiera decir, o esgrimir algún argumento, cual metedura de pata, contraria a los intereses de este mal llamado deporte valenciano, que es la colombicultura; primeramente, ordenó declinar cualquier declaración a los medios, y vino personalmente a Sevilla, para supervisar el guión.
Tanto en las palabras del Presidente como de las manifestaciones de alguno de sus acólitos, denotan una esmerada preparación, para no entrar en lo que realmente nunca explican; “el porque de esa supuesta incompatibilidad de ese palomo pica con el resto de las palomas”; por lo que a golpe de mazo y martillo, cual cantinela repetitiva, a modo de bucle, insertan o tararean el ya consabido estribillo de los turnos de vuelos.
Nos recrean con argumentos imposibles, sacados del contexto legislativo, e  histórico, contrarios a Derecho, y faltando una y otra vez a la verdad, por lo cual sus manifestaciones, erróneas y aberrantes, rayan lo surrealista, se apropian de las tradiciones y el arraigo popular andaluz, en aras a intentar dar una cobertura histórica a esas prácticas valencianas,  hechas como se dice en el programa, por el único palomo con denominación del levante; cual es el palomo valenciano o pica.
Empieza Usted con lo que más le duele, la solicitud de la modalidad, más antigua del mundo, La Suelta y el Hembreo; pero claro está, su subconsciente le traiciona y entremete la palabra Federación, que es el fin de la solicitud de la modalidad, solicitada.
Miente descaradamente cuando hace tal afirmación, porque la nadie denegó nada, pues el silencio administrativo a dicha solicitud así lo manifiesta, y solamente cuando se solicita el Certificado del silencio , es cuando usted y solo usted, se opone a tal solicitud; y como me gusta demostrar la cosas, le dejo la prueba en el anexo 1.-

Está muy claro quién se opone a la solicitud de la modalidad, como se opuso en trámites anteriores.
A pesar de lo que diga, a la afición ya le es conocida, su actitud hacia las razas y nuestras tradiciones, pues sistemáticamente, se ha opuesto al vuelo de las buchonas, llegando su osadía a presentar un anteproyecto de Ley, donde le voy a colocar, un análisis de su preámbulo, donde el que leyere puede ver su firma plasmada en el mismo, para luego colocarle, uno de los recursos que fue presentado ante la Consejería a la que usted acusa de no conceder; para de esa forma tener una apreciación clara y contundente de lo que usted pretendía en Andalucía.
Tanto su solicitud como en el articulado están contenidas todas las falacias y mentiras hoy grabadas públicamente, las cuales nos reitera una vez más; sirva este trabajo, para desacreditarlo y desenmascararlo ante la afición, y ante todo el que leyere, pues sus planteamientos no pasan de una simple verborrea, lenguaje calumnioso y lleno de falsedades; el mismo que utiliza, cuando escribe a esos amigos suyos de la Consejería de Deportes, con los cuales se congratula.



LA PRETENCION FINAL Y GRAN MENTIRADE LA FAC

                De esta forma nos sorprendió este personaje carismático del fraude, las coacciones, las amenazas, las injurias, etc. La sorpresa no era tal, pues ya lo esperábamos, después de que en el levante presentaran y aprobaran una Ley en defensa del palomo deportivo; en concreto la 10/2002.- de Protección del Palomo Deportivo.
            Ya analizamos, el preámbulo de la Ley referida, pero esta mala copia que hoy presentamos, no solo es perversa en sus planteamientos, sino que gana en falsedad, a la Valenciana, pues si esta a pesar de ser inconstitucional, discriminatoria, y llena de mentiras, para poder dar una cobertura en el tiempo a ese palomo multicruzado y carente de instintos, llamado pica; no deja de ser una tradición valenciana, y como tal es muy loable que la defiendan; pero el ensayo de los mismos conceptos en la cuna, arte y adiestramiento de los palomos ladinos, no deja de ser una perversión.
            Sin más dilación pasamos  a exponer la solicitud que el Presidente de la FAC, a la sazón, David Fernandez lopez, hizo ante el Consejero de Deportes, en la fecha que se indica en su solicitud.
            Seguiremos la misma estructura de otros escritos colocando en letra cursiva el contenido de la Ley y en letra normal, los comentarios sobre los mismos.
 EXPONE:
Que mediante el presente escrito queremos, proponer la inclusión del texto que adjuntamos en el Anexo I como enmiendas al texto de la Ley de Protección de Animales Domésticos, 11/2003 de 24 de noviembre, o si es posible tratarla en el Parlamento como una nueva ley.
Las razones que nos amparan, para tal petición podemos concretarlas en las siguientes: El deporte de la Colombicultura lo practican oficialmente más de cinco mil deportistas federados en nuestra Comunidad Autónoma, y mucho más de 20.000 aficionados en total, sin contar con otro porcentaje importante de deportistas de Colombofilia. Todos ellos son a su vez  propietarios de grupos numerosos de Palomas de distintas especies que junto con las que de modo más o menos anárquico habitan nuestros pueblos y ciudades conforman una población de estas especies de aves que por motivos de conocimiento público y notorio (abandonos, higiene, conservación del patrimonio, enfermedades, robos, conflictos deportivos), deben incluirse de forma detallada en la regulación de protección de animales domésticos. Todo esto sin olvidamos que es necesario controlar todo tipo de animales, y mucho mas ahora con esto de la gripe aviar, a los integrantes de éste deporte nos interesa tener controlada ésta enfermedad, sin embargo la persona que tiene palomas sin control alguno, no suele ocuparse ni preocuparse de éste gran problema, y al igual que se ha regulado la tenencia de hurones es necesario la regulación en nuestra Comunidad de estos animales y palomares.

Este personaje, cuando se lee la Ley de defensa de los animales, y ve que en muchos artículos, sus prácticas hacen agua, o infringen muchos de sus preceptos, solo se le ocurre, cuadrar a martillazos la razón, estira la cuadratura del círculo, e intenta darle la vuelta a la tortilla, en la creencia que todos los andaluces somos tontos.
Propone  incluir en dicha Ley de protección de los animales una serie de conceptos manipulados, erróneos, y falseados hasta la saciedad, para intentar tapar las prácticas de maltrato, engaño, color y muerte de su animal dañino y peligroso, llamado palomo deportivo o pica; al que recientemente ha cambiado el nombre por palomo de celo, cometiendo otra tropelía al dar el mismo nombre que desde su creación, se le dio a nuestro palomo de Morón de la Frontera, también llamado Moroncelo o palomo de celo de Morón; ¿Pretende este personaje esconder a los picas tras los Moroncelos?; esta maniobra ya la hizo con la Instrucción número 5 de Agricultura donde pretendió esconder a esos mismos palomos maltratadores y sus prácticas, hechas estas en campo abierto y sin control, tras unas exposiciones de palomos de razas, a los cuales llama deportivos de razas, que se hace en recinto cerrado; todo ello mediante sus trabalenguas, cambios de denominación y su juego sucio, que dicho sea de paso, no tienen límite.
Y sugiere que si no puede ser exonerado su palomo de maltrato, las Autoridades andaluzas, le creen una Ley a su medida, para tapar sus infracciones.
Empieza diciendo que es el deporte de la Colombicultura, concepto que ya es publicado  a solicitud de la RFEC, en la RESOLUCION de 8 de marzo de 1994, de la Secretaría de Estado-Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Española de Columbicultura. B.O.E. núm. 72 de 25 de marzo de 1.994.-

                TITULO II
Introducción al deporte de la columbicultura

Artículo 3.

La columbicultura tiene su origen en la propia naturaleza: La procreación y perpetuación de las especies, y la atracción de los sexos. Se utiliza para este deporte un tipo de palomo muy evolucionado, partiendo de la primitiva paloma introducida en España por los árabes, de la que a lo largo de más de cuatrocientos años se ha ido obteniendo una variedad que ha cristalizado en un palomo de típica raza española, con él se practica un deporte único.

Lo absurdo de este mal llamado deporte, donde impera el maltrato animal, las apuestas y el dopaje, nos exime de cualquier comentario relativo al mismo, cosa que si haremos, mas adelante.
Pero vamos a centrarnos en las cifras que se insertan, 5.000 deportistas federados; ya enunciábamos sus estrategias de falsedades, y esta es la primera que vamos a comentar: no son 5,000 los deportistas, a esa cifra hay que quitarle el 60% de aquellos que no vuelan la pica, sino que son criadores de palomos de razas, y que tuvieron que integrarse en la precitada federación como solemos decir los andaluces, “por bemoles” a raíz de La Orden de 10 de diciembre de 1963.- B.O.E. número 300.-  sobre regulación y protección del uso y vuelo de las palomas deportivas;  viene a hacer una exclusión de toda paloma, buchona ladrona, solo con el fin del deporte, lo que excluye sin paliativos el uso de las buchonas ladinas y por ende el juego y vuelo de nuestras buchonas, tal y como se hacía por tradición en Andalucía, y abole cuantas tradiciones hay alrededor de estas palomas
Esta es la carta de presentación de este Anteproyecto felizmente tirado a las papeleras de la Consejería; pero no por ello hemos de dejar de desmenuzarlo, pues no tardaran nuevamente en otro intento.
Da por hecho, que los que no estamos integrados en su federación, si descontamos los 287.- deportistas colombófilos; tal y como dice en ese preámbulo, el resto unos 14,500 aficionados:
“Todos ellos son a su vez  propietarios de grupos numerosos de Palomas de distintas especies que junto con las que de modo más o menos anárquico habitan nuestros pueblos y ciudades conforman una población de estas especies de aves que por motivos de conocimiento público y notorio (abandonos, higiene, conservación del patrimonio, enfermedades, robos, conflictos deportivos), deben incluirse de forma detallada en la regulación de protección de animales domésticos”.
Para este fenómeno de la mentira, al resto de la afición, según lo descrito, tenemos nuestros los palomares sin limpiar, nuestras palomas son las que destruyen los monumentos, nos robamos unos a otros, y encima les creamos conflictos.
Su lenguaje soez e injurioso, cual prostituta de burdel ya nos es conocida, pero hemos de decirle, que su ignorancia no tiene límite, los conflictos a lo largo de la historia, los ha creado su organización, dado que en base a esa supuesta incompatibilidad, del pica, que nunca dicen el porque, todo lo que vuela, hay que exterminarlo, pues interfiere su maltrato, interfieren sus apuestas, etc. Y en ese sentido ellos fueron los que solicitaron al poder político las Ordenes Gubernativas de 1.908.- 1.914.- y la Orden ministerial del 63.- con las cuales pretendieron exterminar al resto de las palomas, y especialmente las Ladinas Andaluzas.
Ignorancia al desconocer, las tradiciones andaluzas, y los Reglamentos que la desarrollan, en la falsa creencia, que coger al palomo o la paloma puesta en hembreo, es robar, mas habría que castigarlo a escribir 100 veces todos nuestros Reglamentos y el Art. 613.- del Código Civil; para que de una vez por todas se enterara de que va el asunto palomero en Andalucía.
Recordarle a este fantoche, que nuestros Reglamentos son:
1º.- Ordenanzas de Sevilla de 1711.-
2º.- Ordenanzas de la Cancillería de Granada para la ciudad de Cádiz de 1.759.-
3º.- Ordenanzas de Cádiz de 1.776.- publicadas en 1.829.-
4º.- Ordenanzas de Chiclana de 1.881.-
5º.- Reglamento de palomos ladrones de Cádiz de 1.886.-
6º.- Reglamento para la suelta y el hembreo de 1.950.- hecho en Jerez y firmado por la afición en Chiclana de Frontera.
Y que Art. 613 de Nuestro Código Civil dice: Artículo 613.
“Las palomas, conejos y peces, que de su respectivo criadero pasaren a otro perteneciente a distinto dueño, serán propiedad de éste, siempre que no hayan sido atraídos por medio de algún artificio o fraude”.
De esos artificios o fraudes, ya se encargan los reglamentos precitados.
Este maestro del disfraz en su pretendida solicitud y en el articulado de su Ley, lo único que pretendió, es erigir su Federación en Juez y parte de todo lo que se mueve en el mundillo palomero, en un intento vil de combatir a los catorce mil y pico de clandestinos, bien para exterminar sus palomares, o bien mediante la abolición de sus Derechos.
“El deporte de la Colombicultura consiste tanto en la cría y adiestramiento, suelta, entrenamiento y competición de palomos deportivos o de pica como también en la exposición de palomos de raza buchona, consistente en la perfección genética-morfológica de los ejemplares, mediante el desarrollo adquirido con el entrenamiento. En la modalidad de Pica, se valora el instinto del macho para atraer a la paloma o suelta, que se distingue mediante una pluma blanca colocada en su cola, puntuando conforme regulan los reglamentos de competición, por el celo, constancia y habilidad en los métodos de seducción del palomo.
En la modalidad de Raza, se valoran varios conceptos como es el Aspecto General, la Cabeza, los ojos, el pico, las carúnculas, las patas, el cerco de ojo, el buche, la pluma, etc., puntuando de acuerdo con los reglamentos de competición en éstos apartados, así como, si se requiere, en sus vuelos y formas de postura en los mismos”.
Sigue con toda su parafernalia de falsedades; como hemos reseñado, la colombicultura, según la Ley Valenciana es el vuelo del pica, hecho un palomo multicruzado, carente de instinto, y convertido en animal dañino y peligroso; que carece de palomar y que es enloquecido mediante adiestramiento y sustancias dopantes, el cual es el único “ Palomo Valenciano” reconocido por tal Ley.
Sirva esta recopilación, enviada por el que suscribe recientemente a la Consejería de Deportes, por aquello de los “conflictos deportivos” que parece ser que les creamos, los que nos consideramos en sus propias palabras y a mucha honra “clandestinos”, pero hoy clandestinos con nuestros palomares perfectamente registrados ante la Consejería de Agricultura, y en su sigan correspondiente el 092.- no como las razas federativas, bajo el nombre de “Deportivo de Raza” con el sigan 093.- perteneciente al Palomo Pica.
“ Y esto sí que conviene informarlo adecuadamente, pues esta supuesta actividad deportiva responde a una suerte de suelta de palomas, que previamente han sido criadas con una depurada técnica de atrofias sexuales y orientativas, lo que los licenciados en la FAC, o “piqueros” consideran una arte, y que a juicio de esta partes constituye un supuesto de  maltrato animal. Este deportes consiste en conseguir que el palomo deportivo o “pica”, el federado, consiga los favores de otra paloma hembra, la que se  suelta, y que es  previamente manipulada, para su perfecta identificación, sustituyendo parte de su plumaje natural de cola, por dos plumas blancas “encañonadas”. La paloma así soltada no solo tiene que huir de un supuesto “pretendiente”, pues el juego no es de tú a tú,  sino de los cien que le acompañan, y como la competencia es dura y exigente,  todos los palomos pica hacen lo mismo, intentar alcanzarla, “enamorarla”, para una vez alcanzada, picotear la cabeza de la hembra, para hacerse notar. La paloma reclamo recibe tal suerte de picotazos (veinte o treinta por segundo), por los que si no acaba tuerta, ciega o muerta por traumatismo craneal o cervical, queda definitivamente lisiada para el resto de sus días. Se culmina así un ciclo de maltrato animal, que se inicia con la propia  crianza del un  palomo “pica”, ( el que se dice reglamentariamente palomo deportivo), en un cajón de muy reducidas dimensiones, durante seis meses consecutivos, con luz expresamente regulada hacia la baja intensidad, al que después se le enseña a perseguir solo “hembras”, previamente teñido de colores; periodo de formación maquiavélico que se culmina el día que nuestro gran palomo deportivo “convence” y es soltado en una jauría de cien “deportistas” más, en busca de una única hembra, en buscas de sus favores seductores,   y que siempre acaba maltrecha o  muerta. Prueba inequívoca de esta afirmación es la inexistencia fuera del territorio español de este tipo de prácticas. Y esta es la práctica deportiva y no otra, que ejercen  en esta Federación”

(Texto sacado del Recurso que el Club Deportivo Hermanos Alvarez Quintero ante la Consejería de Deportes)

El escrito es claro, contundente, y desprovisto de símiles, como decimos en nuestra tierra “sin pelos en la lengua”.

La especialidad de razas, es decir los “concursos exposiciones de palomos de razas” ya se practica en toda Europa, con las palomas denominadas de fantasía, todas estandarizadas, a solicitud de las distintas Asociaciones de criadores de las mismas, y ante los ministerios de Agricultura correspondiente; lo que constituyen las Razas, pero aquí, en el seno de esta Federación, se aúpa a esa categoría a todo hibrido  de las Razas Autóctonas Andaluzas, y por métodos poco fiables y cuanto menos fraudulentos.

Sin entrar en otras valoraciones, como el refrendo de los estándares  por los criadores de  las mismas, teniendo que tragar toda la basura literaria en forma de cuentos, mitos y leyendas, insertos por nuestro inquisidor, en forma de orígenes de las razas, a la sazón Don Rafael Yuste López, verdadero padre de las leyendas federativas.

“Del mismo modo son aprobadas por la Real Cancillería de Granada las ordenanzas para los aficionados a las palomas de la ciudad de Cádiz fechada en mayo de 1759.

El 22 de agosto de 1925, constituidos y legalizados los órganos locales, se regulariza el sellado de ejemplares, se ordena la disciplina de competición y tenencia de palomos deportivos y/o de raza y se constituye la Federación de Colombicultura, que engloba a más de 250 sociedades locales”.

Y ahora una de despiste y otra de mentira la primera es una verdad a media, pues dicho así es real, pero obvia u omite por convicción de que tratan esas Ordenanzas; para los no versados en historia de los palomos como pudieran ser los políticos a los que iba dirigido este desaguisado, está clara la maniobra, confundir al legislador, tal y como hicieron en Valencia, donde el mismo preámbulo hoy podemos afirmar que es mentira; pero para los que conocemos el contenido de las Ordenanzas de Cádiz, bien sabemos que trata del hembreo; especialidad, cercenada en aquella fatídica reunión de1.977.- donde la afición andaluza rinde pleitesía y claudica, ante las presiones de esta organización y la Orden Ministerial de 1963.- con el único esperpento de salvaguardar el exterminio de nuestras palomas y nuestras tradiciones.

La mentira vine en su segundo párrafo, este predigitador, en la falsa creencia, intenta hacer un símil entre las Ordenanzas de Cádiz y la creación de las primeras sociedades de picas en Valencia; en un intento inútil de unir la obra andaluza referenciada, para así sustentar la antigüedad reciente de su palomo pica y sus prácticas, en un intento estéril de robar nuestras tradiciones en beneficio de otras regiones y de esa forma legitimar, todo lo que rodea a la práctica pica; nuevamente esa faceta del engaño, cabria ante los políticos a los que va dirigido su escrito, pero no a los que verdaderamente conocemos nuestra historia.

 Más nuevamente miente en la exposición, pues como todos sabemos la FEC, es creada en 1.944.- y en el seno de la Falange Tradicionalista y de la JONS, y no en 1.925.- como pretende engañar.

“Cabe destacar que 10 de las 15 razas de palomas buchonas que existen en la actualidad como son Rafeño, Laudino Sevillano, Marchenero, Granadino, Veleño, Jienense, Colillano, Moroncelo, gaditano y de clase, son originarios de Andalucía, estando extendidas en la actualidad por todo el territorio nacional e incluso internacional, siendo destacables clubes de cría en Europa, Hispanoamérica, Estados Unidos y Canadá”.

Nuevamente, usa la demagogia en beneficio propio, claro está que por ignorancia supina, si bien su planteamiento es acertado, pero con algunas restricciones, pues cabría decirle que en 1.977.- solo se estandarizan 5 razas, cuatro sevillanas y una gaditana, ante eso yo preguntaría: ¿de dónde salen el resto?; a esta pregunta, solo cabe decirle: que en la actualidad las razas crecen en los campos de trigo de la RFEC, como las amapolas, los cardos o el mijo.

“La Ley del Deporte de Andalucía ha pretendido regular con detalle la práctica de todas las modalidades deportivas, siempre desde el concreto aspecto de la persona física (deportista, técnico-entrenador, juez-arbitro) o de las distintas formas jurídicas referidas a entidades deportivas, dejando, en el concreto caso de la Colombicultura, elementos esenciales a la misma sin regulación: el palomo federado, su protección y garantía de salubridad, y el uso del espacio aéreo en compatibilidad con otras especies de palomas deportivas o de uso ocioso”.

Ya empieza a descubrir cuáles son sus cartas en esta partida; nuevamente omite con intencionalidad, parte de la legislación; solo enumera, lo que le interesa, y entierra lo más elemental, el derecho que todo ciudadano tiene a practicar el deporte en cualquiera de sus facetas, ante  esto cabe decirle nuevamente, que los ciudadanos podemos practicar lo que nos venga en gana fuera del deporte federado, y en ello tenemos todas las garantías y el sustento legal que nos brinda el deporte para todos.

Tiene  el Deporte para todos su razón de ser y fundamento legal en lo dispuesto en  artículo 2, d) de la vigente    Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al someterse nuestros Clubes Deportivo a la tutela de Administración, así como a La promoción de las condiciones que favorezcan el desarrollo del “deporte para todos”, con atención preferente a las actividades físicodeportiva dirigidas a la ocupación del tiempo libre, al objeto de desarrollar la práctica continuada del deporte con carácter recreativo y lúdico”; en plena concordancia con  la Resolución (76)41 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, conocida como “Carta Europea del Deporte para Todos”, y que todos nuestros Clubes suscribimos en su integridad.
Pero ahí no queda la cosa, vuelve a meter la cuña de la salubridad, y el espacio aéreo, por incompatibilidad; y en relación a esto habría de decirle:
1º.- La salubridad, higiene, y todas las medidas higiénico-sanitarias, pertenecen a la Consejería de Agricultura, y como es norma en esta organización, pretendían obtener todas estas competencia, a través del articulado de esta fallida Ley.
2º.- El espacio aéreo, no es potestad de nadie; esa supuesta incompatibilidad, nuevamente intentan ocultarla a los políticos, más la afición sabe que la incompatibilidad, viene ejercida, por la selección del  propio palomo objeto a proteger; ya hemos dicho que el palomo pica, carece de instinto, y sale tras cualquier cosa que vuele o se mueva, y ante eso, es más fácil, cercenar el derecho de cualquier ciudadano a volar libremente sus palomas, que volar sus palomos fuera del contexto urbano.

Es por ello que el denominado circo multicolor de engaño, color y muerte, ha de ser protegido incluso con un escopetero, tal y como nos dice la Ley de protección del palomo pica en Murcia; más no es de extrañar los desmanes, que ocasiona una suelta incontrolada de palomos picas, en los aledaños de los Parques Nacionales, con al abatimiento de especies protegidas, como pueden ser las rapaces, muchas hoy en peligro de extinción.
A fecha de hoy en Andalucía, tenemos una pequeña Ley la más pequeña que se despacha, me refiero a la Instrucción de 10 de Diciembre del 2.010.- claro está y notorio es, que no  agrada a la FAC; porque por primera vez en la historia nuestras palomas Ladinas Andaluzas, gozan del amparo institucional que le proporciona la Consejería de Agricultura, y por primera vez en la historia reciente, nuestros palomares están perfectamente regularizados, y registrados, y lo más importante , el vuelo de nuestras palomas está autorizado sin ningún tipo de impedimento como pretendía la FAC. y todo ello fuera del férreo control, y pertenencia a esa Federación; pretensión que queda fundamentada en el articulado de la pretendida Ley.
“Esta situación de vacío legal ha causado un notable detrimento en la práctica de este tradicional deporte, dándose paradójicas situaciones administrativas en las que se ha calificado de centros de reproducción avícola los simples palomares deportivos, o se ha exigido la licencia de actividad calificada por parte de los entes locales para la tenencia de palomos deportivos con los que compiten los deportistas federados, y ello unido a los problemas que suponen los palomos asilvestrados, los ornamentales de plazas y parques u otros análogos. Todo ello exige una regulación de máximo rango si se quiere preservar esta práctica deportiva garantizando su continuidad como legado a futuros deportistas”.
Lamentable su exposición, aquí en Andalucía nunca  ha existido un vacío legal, como apostilla, estaba todo escrito y legislado; el problema de esta organización, estriba en  que lo legislado no era de su agrado, de ahí esta pretendida Ley.
Primeramente no querían ser tutelados, por quien por Ley tiene las competencias higiénico-sanitarias, la tutela del bienestar animal, y los Registros de Explotaciones; que no es otra que la Consejería de Agricultura, a la cual no nombran en todo el Anteproyecto, competencias  delegadas por el Estado Español, a través del Estatuto de Autonomía y perfectamente delimitadas y publicadas en una batería de Decretos, que esta casta omite intencionadamente.
Ponen el grito en el cielo y lo denuncian a través de este escrito, cuando se les pide únicamente lo que está perfectamente delimitado en nuestro Ordenamiento Jurídico, como si el estar en posesión de la licencia federativa, fuera patente de corso, para eludir, las leyes a las cuales todo aficionado y sus palomares estamos obligados a cumplir.
Vuelven a incidir en todo lo que vuela, palomas de parques, ornamentales etc. La pregunta es fácil: ¿Hay que exterminarlo todo para que esta organización, lleve a cabo el maltrato, las apuestas y el dopaje?

“La presente propuesta regula las medidas de protección a los palomos federados y sus palomares y prohíbe retener, apresar, maltratar, herir, ocultar, cazar o disparar a los palomos federados o a sus instalaciones, y trata aspectos muy necesarios para la protección del palomo federado.
Correlativamente, crea una serie de exigencias higiénico-sanitarias, veterinarias y de alojamiento para la autorización de instalaciones que alberguen palomos federados, en la línea marcada por la Ley sobre Protección de los Animales de Compañía. Fiscalizándose todas ellas en un ponderado sistema sancionador que pretende ser en último extremo el instrumento que salvaguarde este espíritu de defensa del palomo deportivo.
La tradición Andaluza de este deporte de más de trescientos años de antigüedad, el enorme prestigio conseguido dentro y fuera de la Comunidad el elevado número de aficionados y aficionadas que, en nuestro territorio, lo practican, su importante estructura territorial y el apoyo” social y cultural que disfruta a todos los niveles, justifica, sobradamente, que se eleve a rango del Ley, la protección de las palomas federadas y las que no lo son, garantizándose los derechos de sus propietarios a la práctica del vuelo de sus animales sea con carácter deportivo o de ocio, estableciéndose las bases y normas por las que ha de regirse esta práctica.
¡Ole , ole, y ole!; para terminar la faena pretende, que todas las competencias delegadas u otorgadas a Nuestra Autonomía, y otras delegadas por esta, a los Colegios Profesionales, en materia reguladora del sector de las palomas, le sean transferidas a su organización, eso sí, solo para su palomo pintado y  multicolor, para poder llevar a cabo el exterminio de toda paloma ladina, y enterrar nuestras tradiciones, y arraigo popular.
También intenta ser los representantes de todas las palomas,  y todo ello nuevamente mediante la falsedad y el engaño mediático; nuevamente intentan confundir al legislador usando las practicas andaluzas de la Suelta y el Hembreo; merece la pena colocar nuevamente el párrafo en cuestión:
“La tradición Andaluza de este deporte de más de trescientos años de antigüedad, el enorme prestigio conseguido dentro y fuera de la Comunidad el elevado número de aficionados y aficionadas que, en nuestro territorio, lo practican, su importante estructura territorial y el apoyo” social y cultural que disfruta a todos los niveles, justifica, sobradamente, que se eleve a rango del Ley”,
Hay que ser cínico e hipócrita, para plasmar en documento, esta falsedad; este mediocre personaje sabe perfectamente que su palomo maltratador no llega ni al siglo de antigüedad, 1.920.- y también sabe perfectamente, que las Ordenanzas de Cádiz que cita, hablan del Hembreo, 1.759.- ¿Se puede ser mas sinvergüenza con estos planteamientos? La respuesta es simple; está acostumbrado a mentir, a difamar, a injuriar, y su comportamiento es indigno por llamarlo de alguna manera, aunque los andaluces tenemos otros términos, más expresivos que recogen la conducta de este personajillo; más no le voy a dar la satisfacción de ponerme a su altura.
También sabe que la pica no es deporte ni práctica andaluza, sino murciana y valenciana, y pese a todo miente descaradamente y por escrito, en un intento vil de confundir a las Autoridades, para que contra viento y marea, esconder el maltrato, las apuestas en forma de seudo subasta, el dopaje, en definitiva, el engaño y la muerte, también sabe que en Andalucía tiene los días contados, es por ello que para dilatar esa muerte anunciada,  se oponga con todos los recursos a su alcance; como reiteradamente se ha opuesto a la solicitud de a modalidad deportiva del vuelo de las buchonas ladinas andaluzas, ha recurrido el libre ejercicio que los Clubes Deportivos andaluces tienen por Ley a adscribirse donde les de la real gana, siempre dentro del marco jurídico y el más estricto acatamiento de nuestras Leyes, y pese a todo se opone por sistema; siempre para preservar la estela de mentiras que dejan tras de sí todos sus escritos.
Pero a pesar de todo no podemos confiarnos, pues no será la primera ni la última vez que con maniobras, como las expresadas, intenten nuevamente engañar a nuestros gobernantes.

José Montoya Romero.-
Diciembre del 2.011.-

Tiene usted la poca vergüenza de decir públicamente que las Ordenanzas de Cádiz de 1.759.- es el origen del deporte del maltrato, las apuestas y el dopaje, pero como hemos señalado no nos son nuevas sus afirmaciones, pues así lo revela en un acto de cinismo en cada escrito que eleva a esos amigos suyos de la Consejería con los que se congratula, y con los cuales, están cercenando el legitimo Derecho que los andaluces tenemos a nuestras prácticas, y una vez más miente descaradamente, tanto a la afición, a las Administraciones, y en esta ocasión a toda España.
En primer lugar hacer el inciso que las Ordenanzas que  usted cita, ni se conocen, pues no podemos verificar su contenido, y no son las Ordenanzas de Cádiz, sino las Ordenanzas de la Cancillería de Granada, para la ciudad de Cádiz. Estas que usted cita, las publicadas en 1.829.- son copias de unas hechas en Cádiz en 1.776.- tal y como especifica su Cap. 21.-; pero claro esta como siempre habla usted de oídas y carece de una copia del original; repite usted como otros cientos de aficionados los cuentos de sirena que el inquisidor sevillano a la sazón Rafael Yuste López escribió durante tres décadas al servicio de la RFEC; y como se las cree, pues no verifica su contenido, ni en sus ya muchos años al frente de la FAC, no ha tenido la dignidad de encargar a nadie un dossier histórico de las practicas andaluzas, primeramente porque no le interesa; a usted solo le interesa la Pica y el maltrato; y en segundo lugar para poder verificar lo descrito por usted en sus múltiples escritos presentados ante las Administraciones.
Hoy desde la posición que me da el haber hecho un estudio pormenorizado de cuanto existe hasta a fecha de las tradiciones  andaluzas, sus Ordenanzas y Reglamentos, puedo debatirle tanto a usted, como a cualquiera de sus seudo escritores, todas estas cuestiones, y poder demostrarle que miente descaradamente; pues al día de hoy los andaluces poseemos 6 Ordenanzas y Reglamentos y podemos demostrar que Murcia tampoco es la inventora de la pica, sino la continuadora de nuestras tradiciones que degeneraron en ese mal llamado deporte de la pica, pues sus primeras Ordenanzas no son más que una copia literal presentada en deducción de testimonio en un juzgado de Murcia allá por el año 1.756.-.
Más para no dejar nada en el tintero a sus palabras, le voy a dar otra lección sobre historia de la palomería; en relación a esa afirmación suya sobre la tan traída y llevada, carta de los Reyes Católicos, que usted ni se sabe la fecha y que balbucea:
 “y además estamos practicando un deporte que no es reciente, estamos practicando un deporte, que data del año 1480 y tantos, con los Reyes Católicos,”
Su ignorancia en este tema, como en otros no tiene límite y para desautorizarle y enmendarle la plana, sirva este otro trabajo que he realizado inserto en otro más ambicioso que desmitifica, tanto su afirmación como el dictado de otras Federaciones Territoriales, como es la Murciana:
“la Carta de los Reyes Católicos a la Ciudad de Murcia, protegiendo los palomos y dando órdenes de regulación del uso de las 97 torres de la muralla que se habían donado a los señores de palomares de Murcia”.
(Texto tomado de a Revista Palomos Deportivos)
Nuevamente y como es costumbre, dan una relevancia inmerecida a este documento, claro está, que como hace entrever dicha Carta, de la que colocaremos su traducción, siguen sin enterarse; compárese con otros documentos comentados y editados por esta Federación, magnificando el documento. Cuando en definitiva, dicha  carta, en lenguaje peyorativo de puede resumir: “Que no os enteráis, que ya esa pretensión que pedís ya se concedió por el rey Enrique IV a todo el Reino y vosotros seguís sin enteraros”. Al igual que no se enteraron los palentinos; mas estos como hoy no poseen nada relacionado con palomos, pues ni se lo plantean ni reivindican.
Y para apostillar el trabajo, sirva también este pasaje de las Ordenanzas de Sevilla de 1.711.- que viene a aseverar que dichos palomares, protegidos por la Ley de Enrique IV, nada tienen que ver con los palomares de ocio o diversión en el marco del deporte, sino mas bien a los palomares de utilidad y consumo, que se destinaban a la obtención de carnes, huevos y fertilizantes, finalidad para lo que estaban creados; en dicha época en manos de a nobleza, y que dicha Ley protegía de los cazadores furtivos.
“I.- Como Dios, es principio, medio y fin de todas las cosas, tenemos todos la obligación de invocarle, al principio de cualquier obra que hiciéremos, como lo dice Bolaños en su Curia Philipica. Y lo dispuso así el Señor Rey don Alfonso X en el principio de su prologo en las Leyes de las Siete Partidas. Y yo lo hago invocándole, para que con tan buen principio, se logre el fin que tengo en escribir este libro, el cual es, que los que tuvieren que tener palomar (de Gusto, y no de los de utilidad y provecho, que de esto no hablo, pues de ello tratan los autores que escribieron de Agricultura), sean por entretenimiento licito, usando de él bien, y observando los preceptos que deben, que de ese modo habrá sosiego, quietud y paz entre todos, pues no es dudable, que todo entretenimiento, usado de él bien, es virtud, como sea de los entretenimientos permitidos, como lo es tener palomar,”


Como vera erra en primera instancia y miente cuando sostiene tales afirmaciones en el tiempo. Niega y se opone sistemáticamente a  las tradiciones andaluzas, y repite cual bucle que ya existe una federación al efecto, y que da cabida a estas tradiciones; la suya. Y olvida, lo más elemental: ¿Por qué hoy las palomas Ladinas Andaluzas, sin sus vuelos están  encuadradas en el  seno de su federación?; sirva este otro trabajo de divulgación, para refrescarle la memoria y para el que leyere, saque sus propias conclusiones:
Persecución institucional

            Para poder entender el estado actual del mundo de las palomas en España, debemos echar la vista atrás y sumergirnos en la historia, a través de ella podemos entender el porqué se ha llegado a esta situación; la intransigencia, los intereses bastardos, la oligarquía de las castas dominantes, y la ignorancia de los legisladores, en temas palomeros, crearon el caldo de cultivo, para que las mensajeras por un lado y el maltrato de la Pica por otro, acapararan todo el espacio, y se otorgaran la representación de todo lo que vuela, relegando al resto a ser condenadas.
            No nos es nuevo, el exterminio, las coacciones, las amenazas, las Ordenes Gubernativas, las Órdenes ministeriales, Los Decretos, Etc. Las ladinas andaluzas, o buchonas, las únicas que se conservaron tras años de aniquilación, tenemos muy asumido cual es el papel que nos toco vivir, como también tenemos asumido, el papel que aun nos queda por asumir.
            Hoy queremos echar la vista atrás y desempolvar, toda esa basura en forma de leyes de mayor o menor grado, y artículos de opinión malintencionados, los cuales crearon la leyenda negra, para que el patrimonio de los andaluces fuera exterminado; más con el devenir de los tiempos y alguna que otra ayuda extranjera, para vergüenza de nuestros Administradores, podamos gritar a los cuatro vientos, que nuestras tradiciones y el arraigo popular de nuestras palomas, siguen vivo.
            Preguntará el lector, cuales son los condicionantes que llevaron a nuestras prácticas de estar casi  olvidadas, a repuntar cual  fuerza de un volcán en erupción; y el porqué hoy sigue con más fuerza aun nuestro Deporte ocio o afición, a pesar de que todo intento por exterminarlas, tanto ayer, como hoy, han sido y serán estériles. A todas esas cuestiones daremos cumplidas explicaciones, tras navegar por el mar de los tiempos, pescando cuanto se ha querido sumergir,  sacándolo del mar de las tinieblas, para pasearlo por las lonjas más emblemáticas, para que el uso y derecho que confieren nuestras leyes, cada cual desde el Derecho y la libertad que hoy tenemos, seamos libres para poder decidir, donde, cuando y con quien queremos estar, cuando de nuestras palomas se trata.
Hay que entender que la paloma a lo largo de la historia, hasta la segunda mitad del siglo XIX, siempre fue entendida, como paloma de utilidad, (producción de carne, huevos, y fertilizantes); salvo en Sevilla y posteriormente en Murcia, en el siglo XVIII ya existían reglamentos, para la Suelta y el Hembreo.

Visto lo anterior y la importancia de las palomas para la economía familiar, no es de extrañar que la primera cita que menciona las palomas ladronas sea para prohibir su venta, y la encontramos en las palabras del sevillano Ibn Abdun en su obra sobre el buen gobierno del zoco (Sevilla a comienzos del siglo XII, El Tratado de Ibn Abdun) que sobre los hurtos cometidos valiéndose de palomos especialmente adiestrados para ello nos dice en la norma 141:
 “Prohíbase en absoluto la venta de palomos ladrones, que no emplean más que las gentes amigas de lo ajeno y sin religión, así como la venta de gatos. Si de algún tratante se sabe que es trapacero y no obra como debe, échesele del zoco por ladrón, vigílese y no se le emplee”.
            De aquí, en adelante, en el siglo XV a raíz de la promulgación de la Ley de Enrique IV, donde se institucionaliza, la protección a las palomas, siendo esta una Ley, un poco sectaria, pues protegía, los grandes palomares adscritos a las inmensas fortunas de la nobleza, y preservaba a estos del saqueo mediante la caza furtiva.
            Regiones como Murcia y Palencia, han de recibir, esta Ley de manos de los Reyes Católicos, pues pasado muchos años aun no se habían enterado de la existencia de esta Ley.
            Solo en la Sevilla de 1.527.- y a través de sus Ordenanzas, se protege a las palomas en suelo urbano, con multa de 60 maravedís, 30 para el propietario y 30 para el Juez que lo condenare; de esta cita nos da cuenta, don Nicolás Navarro en 1.711.- haciendo alusión a la construcción de palomares, para los palomos ladrones, cuestión que también es dirimida en la citadas Ordenanzas de 1.527.-
            Debió ser esta la única época dorada de nuestras palomas, con unos reglamentos, y una protección que tengamos noticia solo se dio en Sevilla, pues en el resto de España, no se conoce la existencia de Leyes que protejan a nuestras ladinas o ladronas.
            Para entrar en la aborigen depredadora en contra de estas palomas, debemos situarnos en los albores de 1.898.- y concretamente en Cataluña, sede de la Sociedad de Avicultores del Reino.
            El extenso legado por parte de esta Sociedad, a través de sus boletines, desde 1.898.- a 1.935.- como órgano de difusión del Ministerio de Agricultura, deja entrever, un hecho muy curioso, las primeras importaciones de palomas mensajeras, traídas de Bélgica, afición por aquel entonces muy ligadas a la aristocracia de la época.
            Es en este tiempo cuando se institucionaliza la paloma mensajera, en círculos de la  alta alcurnia y ligados al ejército, con la creación de la Federación Catalana, la primera en España; como curioso es este Art. :
            Las  palomas  buchonas
(EN ESPAÑA, PALOMAS LADRONAS) 

Las  palomas  llamadas  buchonas  forman  el grupo  zootécnico  de las razas de esófago anormal  o modificado.  En  todas  ellas  el  esófago  tiene  mayor  desarrollo  que en  la  generalidad  de  las  palomas,  es  de  piel  fina  y  elástica  y  se  llena  de  aire  al  punto  de que  cuando está  lleno  representa  la  mayor  parte  del  volumen  del  cuerpo  del  animal.

Nótese bien que  no  es  solo el  buche  que  se dilata  y  llena  de  aire,  si  no  tocio  el  esófago,  de suerte que  es  un  error el  creer  que  el  gran  volumen lo  da  solo  el buche.

Hasta  en  actitud  normal,  como  la que  presen a la  buchona española cuya fotografía  se  intercala, la  dilatación  del esófago  da  a la  parte  anterior  del  animal  un aspecto  de  extraordinario  desarrollo  del pecho  y  si n embargo  si  se  tienta,  se  ve  que  no  lo origina  el  desarrollo  de los  músculos  pectorales,  Sino  la  dilatación  de aquel  y  del  buche  y el  volumen del aire que  contienen.

La buchona  española se  distingue  por completo de  todas  las  razas del  mismo grupo extranjeras. Estas son  casi siempre largas de  patas que unas veces  son  emplumadas y otras,  las  menos, limpias de  plumas  Coma  ocurre en  la  buchona  enana  Holandesa  o de  Amsterdam,  a su  vez  más  corta  de patas  que  las otras  extranjeras. 

En  esas  razas  extranjeras la  posición  normal del  ave  es  levantada,  casi  vertical,  lo  cual destaca mas  el  enorme  balón  formado  por  su dilatado  esófago  en general  y  por su buche en  particular. 

Se  conocen  y  crían como  palomas  de  fantasía diversas  variedades  o  castas  entre  las cuales  figuran  las  Buchonas  Inglesas  y  Escocesas las  Neerlandeas,  las Francesas o de Lille,  las Alemanas, las Húngaras  y las  Holandesas  o de Amsterdam  antes citadas,  es tas  últimas  enanas,  y siendo las  de  mayor   talla  y  bola  esofágica  mejor  formada, las inglesas  y escocesas La  Buchona  Española ,  típica  de  nuestro país  y  desconocida más  allá  de  nuestras fronteras ,  se  distingue en  absoluto  de  las  demás  no  solo  por tener el  buche  menos  desarrollado ,  si  que  también por la  cortedad de sus patas en  contraposición  con  la  longitud  de los tarsos  en las  extranjeras, entre las  cuales  algunas mejor  que  palomas  parecen  cigüeñas,  tan  largas llegan a tenerlas.     

También  en la  posición o actitud  habitual  del ave se  diferencian  en  gran  manera ,  pues  la  de  la Buchona  española  suele ser  la  normal  en todas las palomas,  siendo así  que en  las demás castas de buchonas,  la actitud  es,  como  se  dijo,  casi vertical o por  lo menos  levantada.   

Nuestras  buchonas son  de  mediano  volumen si  bien  siempre mayores que  la  clase común  o  casera  y  hasta  que las  mensajeras  con  las  que, salvo el  buche,  tienen algo  de  parecido a  primera  vista, pues  ha y cierta  afinidad  de colores,  aun  que en  detalles  o  características  particulares  son  totalmente distintas.

La Buchona  española  es  de  un  vigor  sexual extraordinario  y  por lo  tanto  muy  prolífica,  lo  cual. ha  sido  explotado  desde  larga fecha dando  origen a un  juego  original  y  típico de nuestro  país,  muy  generalizado  en  Valencia  y  en  Andalucía,  pero también  conocido  y  explotado  en  Mallorca  y  en Cataluña.

Ese  juego  execrable  bajo  todos  conceptos tiene  por  base  el  robo  de  palomas  ajenas,  de suerte  que  por  esto  no  le  llamamos  sport  o deporte,  porque entendemos  que  no  puede haberlo  donde  se  atenta y  se  lucra  con  la propiedad  ajena.

La  paloma  buchona,  o  ladrona  española,  es muy  precoz y  a los  tres  meses  se  aparea,  desplegando  una  actividad genital  extraordinaria.

En  la explotación  de  la  misma, el  que se  dedica al  robo  de  palomas  tiene  solo machos  alejados  por completo de  las  hembras  y  bien  aquerenciados  al palomar;  los  tiene  sueltos  para  que  recorran  las cercanías  de  aquél arrullando  a todas  las  hembras que  encuentran  en los  tejados  y  palomares  vecinos  y  persiguiendo  de  continuo  hasta  a las  que cruzan  volando  sobre  su  radio  de  acción.

La  buchona  española  arrulla  hasta  en  el  aire y  pronto  cautiva  a su  presa,  a la  que  con  seductores  manejos  conduce  a su  palomar  donde  no  tarda  en  quedar  prisionera del  dueño.

Su  rapiña  suele  ejercerla  siempre  sobre  las hembritas jóvenes  más  precoces  que  los  machos de  su  propia  raza  que  nada  les  dicen  hasta  los cuatro  o cinco  meses.  en  tanto  el  astuto  buchón les  sale  al  encuentro  arrastrándolas  fácilmente.
En  Barcelona,  donde  tanta  afición  haya las palomas  mensajeras,  el  robo  de  pichones  por medio  de  buchonas  se  hizo  sentir  en gran  manera hace  algunos  años.

Hay  tenedor de  buchonas  que  se  ganan  fácilmente  5 o  10  ptas.  diarias  nada  más  con  la  venta de  todas  las  palomitas  que  le  va  trayendo  su  diestro  cómplice.

Por  fortuna  hay  contra ellos un  remedio eficaz y  es  una  buena  escopetita  de  salón.  A  él han  recorrido  los  colombófilos  barceloneses  y  con  él pronto  se  abolieron  numerosas  guaridas  de  palomas  ladronas  que  en  otros  tiempos  devastaron nuestros  palomares. Hoy quedan  muy  pocas  palomas buchonas  en Barcelona  pero  aun siguen  causando  estragos  en los barrios  menos  vigilados.

El  juego  de  las  buchona es  ilícito, es  censurable,  es  bajo  y  desde  luego  entendemos  que  puede y  debiera  ser  perseguido  por  la ley como ardid del que  se  echa  mano para  ampararse de lo ajeno, pero no sabemos  que se haya legislado sobre este punto ni  que jamás  hayan  intervenido  las  autoridades.

Claro: si no  pueden  librarnos de avirraptores terrestres ¿cómo van a librarnos de ladrones aéreos?

(La Avicultura práctica septiembre de 1917.- nº 171, pág. 114-115.-)

            Intereses bastardos, ligados a la ignorancia del legislador, y la dejadez del Ministerio de Agricultura, en manos de estos señoritos catalanes; mas una excesiva protección desde diversos sectores del ejército español, a la paloma mensajera; presagian la época más negra de exterminio de nuestras buchonas.
            Sin embargo, el camino no es fácil, así el pródigo uso de la paloma mensajera como elemento de transmisión en la guerra de 1.914 al 1.918, lleva al Estado a aprobar por Real Orden Circular de 20 de Julio de 1923, el Reglamento propuesto por el Estado Mayor Central para el servicio de comunicaciones por medio de palomas mensajeras y la creación de la Real Federación Colombófila Española para proteger la cría y educación de la paloma mensajera.

La Real Orden la Gaceta de Madrid numero 263 de fecha 19 de septiembre de 1928.- restringe  la constitución y el funcionamiento de entidades u organizaciones que se dedicasen a la cría y vuelo de las palomas buchonas Ladinas.
            Y  la premonición  de la Orden anterior implica, el primer revés a nivel nacional que reciben las palomas buchonas, es el decreto del Ministerio de la Guerra de 29 de diciembre de 1.931, publicado en la Gaceta de Madrid con fecha 1 de enero de 1932.   Y en su exposición de motivos 
“Es lamentable que esa protección decidida origine un perjuicio al deporte de la paloma denominada BUCHONA o LADINA al prohibir su uso y vuelo en su artículo 10 de este Decreto, pero forzoso es sacrificar las conveniencias particulares de algunos a los indiscutibles intereses preferentes de la Nación entera. Por ello después de oír a las partes interesadas y de conocer el asesoramiento de los órganos oficiales que han informado sobre el asunto se llega a la conclusión de que las aficiones a la paloma mensajera y a la paloma buchona se excluyen, pues el macho de esta ultima raza, a impulso de celo cubre a la hembra mensajera introduciendo en los palomares sangre extraña “
            Esta nefasta interpretación y falta de conocimiento sobre la cría y tenencia de palomas en cualquiera de sus facetas  por parte del legislador, supone  un duro revés al deporte de nuestras buchonas que dura hasta nuestros días, si bien como veremos más tarde se les vuelve a la legalidad  en Decretos posteriores; salvo en la Comunidad Valenciana, donde sistemáticamente son exterminadas, en beneficio y protección de su palomo pica, y su práctica denominada Colombicultura.
Solo en la Republica Española, y después de la  prohibición del decreto anterior, las palomas ladinas adquieren el amparo institucional según se pública en  la Gaceta de Madrid numero 204 de fecha 22 de julio de 1932 en sus páginas 582 y siguientes
  El Decreto de fecha 2 de agosto de 1934 , publicado en la Gaceta de Madrid numero 216 de fecha 4 de agosto de 1934.-  Viene a prorrogar con carácter indefinido el vuelo y reglamentación de las palomas buchonas o ladinas , debido a la falta de criterios , para la excesiva protección de las mensajeras en el decreto de 1932 .-.
 El Decreto de 22 de Enero de 1935 publicado en la Gaceta de Madrid número 25 de 25 de enero de 1935.- viene a colocar a estas asociaciones, en su estatus legal anterior al decreto de proteccionismo sobre las mensajeras de 1932.-.
  El Decreto de 29 de agosto de 1935 publicado en la Gaceta de Madrid número 243 de fecha 31 de agosto de 1935.- Incide en la obligatoriedad, que tienen los aficionados a las buchonas o ladinas, de estar en posesión de la correspondiente licencia de vuelo y por ende estar afiliado a alguna Asociación legalmente constituida, otorgando a los Gobernadores Civiles la potestad sancionadora de multa e intervención del palomar.
 El Decreto de fecha 17 de abril de 1936.- publicado en la Gaceta de Madrid número 112 de fecha 21 de abril de 1936.- Quiere hacer una reorganización del sistema colombófilo y para ello reúne a las parte intervinientes en el sistema palmítico de la época, cual son  El Servicio Colombófilo  Militar, las Asociaciones Colombófilas, las Asociaciones Colombiculturas, y los Ministerios de La Guerra, Comunicaciones y Agricultura. Todos ellos implicados en las palomas de la época.
 La Guerra Civil Española, hace que desconozcamos los logros de esta propuesta y se lleven a cabo cuantas deliberaciones se establecen en dichas reuniones.
            Pero este cambio de pensamiento es solo el presagio de una muerte anunciada, más lejos de la realidad, paralelamente la irrupción en el levante español, de una práctica salvaje, acompañada de pingues beneficios económicos, mediante las apuestas, hacen del palomo valenciano (multicruzado llamado pica) se ponga a la cabeza de la moda; nuevamente nuestras palomas sufren el acoso institucional de la mano de la burguesía valenciana.
            Solo reseñar, el preámbulo de la Ley 10/2.002.- o ley de protección al palomo Pica mal llamado deportivo, pues el nombre que le cuadra es “animal dañino y peligroso” para ver la falsedad de la práctica, con unos antecedentes erróneos que nunca tuvieron, y precisamente están usurpados de nuestras tradiciones y arraigo a estas  palomas.
            Más esta casta dominante, aun hoy en la actualidad, se jacta de colocar en esa perniciosa y lesiva Ley, antecedentes gloriosos, conquistados mediante el favor a los políticos de la época, y no solo lo colocan en ese preámbulo sino que algunos títeres pertenecientes a esa Federación, tergiversando la historia lo insertan en artículos basura, en la revista Palomos Deportivos.
            Me estoy refiriendo a dos Ordenes Gubernativas, por las cuales, se prohibía el uso y tenencia de las palomas ladronas; como son las de 1.908.- y 1.914.- verdadera herramienta del exterminio de las ladronas en el levante español.
            Solo en Andalucía ante la ausencia de mensajeras y picas, nuestras prácticas permanecieron incólumes, pues nuestra burguesía andaba entretenida en otros menesteres, como era el caballo, el toro, o los gallos de peleas, que dicho sea de paso es invento también andaluz, denominándosele hoy por nuestro Ministerio “Gallo Combatiente Andaluz”.
            Pero no hay dos sin tres, sobre los años 60 y bajo el apoyo del Régimen, del cual recibieron el regalo de constituir una federación, en el año 1.944.- a través de la Falange tradicionalista y de la JONS. Empiezan a conocer los desaires y las pretensiones de los aficionados andaluces, con la publicación del último reglamento sobre la suelta y el hembreo de 1.950.- y como toda casta dominante y corrupta, cuando se sienten amenazados y sus ansias de conquista es exacerbada, logran de las Autoridades lo que ellos piensan que va a ser la puntilla y descabello de las palomas ladronas andaluzas, pues en el resto de España ya las han exterminado.
ORDEN de 10 de diciembre de 1963 sobre regulación y protección del uso  y vuelo de palomas deportivas.
Excelentísimos señores:

La Delegación  Nacional de Deportes, en junio de 1944, al amparo de las facultades que le otorgaba el Decreto de 22 de febrero de 1941. Hoy confirmadas por la Ley 77/1961, de 23 de Diciembre. Acogía en su seno como manifestación deportiva el vuelo de las palomas de este carácter como un deporte más, y creó la Federación Española de Columbicultura y las Federaciones Regionales  correspondientes, integrándose en ella, las sociedades de Columbicultores.
Estas Entidades han conseguido no  solo que sus afiliados utilicen las palomas con el más elevado espíritu deportivo, lo que elimina el posible riesgo del empleo de estas aves, derivado de su especial poder de atracción sobre otras palomas. Sino también que los propios deportistas constituyan el más valioso auxiliar de la autoridad gubernativa en orden a impedir su utilización abusiva de las expresadas aves.
Sin embargo, en atención a que personas no integradas en la organización deportiva y aun expresadas de ella, por lo que no puede sancionarlas la Federación disciplinariamente, dedican palomas de análogas características a la sustracción de valiosos ejemplares, fruto de más depurada selección y laborioso amaestramiento; se hace preciso facultar a las autoridades para la imposición de sanciones a quienes indebidamente posean o utilicen para fines no deportivos palomas de esta clase, y es asimismo, aconsejable la adopción de medidas de seguridad que regulen la tenencia y utilización de tales palomas.
En su virtud, esta Presidencia del Gobierno, a propuesta de los Ministros de la Gobernación y Secretario general del Movimiento, ha tenido a bien disponer:
Artículo primero.- se entiende por palomas deportivas aquellas distintas a las mensajeras, dotadas de unas singulares condiciones naturales, que las permiten atraer a otro ejemplares, pero que. una vez amaestradas, desarrollan sus competiciones, con vuelo  colectivo y sobre distancias puramente locales, siendo sus principales características morfol6gicas: su gran tamaño, los ojos encarnados y ribeteados de gruesos parpados, las patas rojas y el plumaje fuerte de color negro, ahumado, azulado blanco con pintas negras.
Las expresadas palomas podrán utilizarse para fines deportivos por los afiliados a las Sociedades y Entidades deportivas integradas en la Federaci6n Española de Columbicultura.
Artículo segundo.-  Para que las palomas objeto de esta reglamentación tengan a todos los efectos consideración de deportivas, habrán de llevar anilla de nido en una de sus pata, con la anilla oficial cerrada sin soldadura, con la inscripción integrada por las letras FEDC, iniciales correspondientes a la Federación Española de Columbicultura, figurando en cada anilla el número correspondiente a la respectiva paloma, según el Reglamento federativo.
Artículo tercero.- La Delegación Nacional de Educación Física de Deportes por si, o delegando en la FEDC, dictara las normas pertinentes para la posesión y utilización por las personas sujetas a la disciplina federativa de las palomas deportivas, pudiendo imponer a aquellas las sanciones de orden deportivo que corresponda cuando contravengan las expresadas normas.
Artículo cuarto.- La tenencia no declarada a las Federaciones de Columbicultura en las demarcaciones a ellas fijadas por la Delegación Nacional de Educación Física y Deportes o la utilización de palomas aptas para los fines deportivos que personas no afiliadas a la federación Española de Columbicultura, se castigará por las Gobernadores civiles con la imposición de sanciones que a los mismos competen, conforme a Decreto de 10 de octubre de 1958 y mediante el procedimiento que el mismo establece.
En lo que se refiere a las normas y procedimientos para. La declaración de la tenencia de palomas de la especie establecida, en el artículo primero, se estará a lo que determine la FEDC.
Artículo Quinto.-En igual forma serán sancionados los que voluntariamente mataren, hirieren o retuvieren por cualquier medio, incluso con escopeta reglamentaria y licencia para utilizarla, palomas deportivas, sin perjuicio del uso, cuando corresponda, de las acciones penales y civiles por parte de los perjudicados, con arreglo a las leyes.
Artículo sexto.-Los particulares en cuyas casas, galerías o terrazas se refugie alguna paloma de la raza que fuera están obligados a presentarlas en el puesto de la Guardia Civil o Comisaria de la Policía correspondiente, en evitación del perjuicio que les pudiera sobrevenir por  aplicación de sanciones.
Artículo séptimo,- Queda terminantemente prohibido admitir como socios en las Sociedades que integran la Federación Española de Columbicultura a Quienes hayan sido expulsados de la Real Federación Colombófila  Española de Palomas Mensajeras. Igualmente queda prohibido el ingreso en las Sociedades pertenecientes a la Real Federación Colombófila de Palomas Mensajeras de aquellos que hayan si do expulsados de la Federación Española de Columbicultura.
La que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. EE.
Madrid. 10 de diciembre de 1963.
CARRERO
Excmos. Sres. Ministros de la Gobernación y Secretario General del Movimiento.
            Con esta herramienta en manos de la FEC, se lanzan a la conquista de todo el territorio, y exportan su estela de “engaño color y muerte” en forma de palomos manipulados, ya convertidos en animales dañinos y peligrosos.
            En Andalucía, empiezan a aterrizar sobre el año 64.- siendo Cádiz, la provincia del desembarco; y en el 67.- aprovechando los nuevos núcleos poblacionales del extrarradio sevillano, los inundan de estos ejemplares, llamados de fomento, y con carácter gratuito. La afición de la provincia gaditana, hace un último intento de resistencia, en el año 1.973.- al solicitar de la Delegación Nacional de Deportes, la Modalidad deportiva del vuelo de nuestras buchonas y como no podía ser de otra manera, a través de la FEC, la, la respuesta es contundente, NO, y además han de exterminar todos los palomares de palomas ladinas.
            Ante ese panorama y las acciones llevadas a cabo, por elementos afines a la FEC, mediante denuncias ante la Guardia Civil, con la consiguientes multas de 500 pesetas de la ápoca y el exterminio de nuestras palomas en presencia de dueño y familia;  la afición andaluza claudica, y rinde armisticio en la reunión del Puerto de Santa María cuyo significativo contenido expondremos:
           Encuadramiento de los aficionados a las palomas buchonas. laudinas y similares
En La reunión de la Junta Directiva de la Federación Española y de Presidentes de Federaciones Provinciales, celebrada en Puerto de Santa Maria, el día 18 de junio pasado, se tomó el acuerdo de encuadrar en nuestras Federaciones y Sociedades a los aficionados a la cría y selección de palomas de raza buchona, laudinas y similares, que lo soliciten.

Estos aficionados podrán encuadrarse en nuestras sociedades ya constituidas u organizar sus propias sociedades dependiendo de la Federación Provincial correspondiente, si su número fuera considerable. Para ello las Federaciones respectivas lo propondrán a la Española, quien decidirá en definitiva.
Estarán sujetos a (los estatutos, reglamentos y normas de la F. E. y de sus respectivas Federaciones y Sociedades, en igual forma que tos demás aficionados y a las normas particulares que se acuerden para esta  actividad, que siempre han de someterse a !a F. E. para su aprobación si procede.
Las palomas de las mencionadas razas llevaran anilla de nido de la serie "X ' que se reserva exclusivamente para ellas y que serán facilitadas  por la F. Española.
La Federación Española de Columbicultura supervisará y unificará los diversos criterios que surjan sobre fijación de estándar, jueces y cuantas actividades desarrollen estos aficionados, a los que apoyara en la medida de sus posibilidades.
Las relaciones administrativas o de cualquier orden, de estos aficionados con la F. E. y con sus Federaciones Provinciales, se canalizarán  a través de las Sociedades y Federaciones respectivas.
Dado que el Decreto de 21-7-32 (1932) y la Orden de la Presidencia del Gobierno de 10-12-63 (B. O. E. " 300) prohíben la tenencia de estas palomas a los que no estén encuadrados en la Federación Española de Columbicultura, aquellos que no quieran acogerse a estas normas. Después de un plazo prudencial, serán denunciados a las autoridades competentes, como clandestinos.
            Es significativo, ver la tutela de nuestras palomas en manos de quien a lo largo de la historia, solo pretendió su exterminio, pero más aberrante es que en tiempos actuales, y con una Constitución que garantiza el Derecho de Asociación, estos miserables de la FEC, para salvaguardar su mal llamado deporte, sigan invocando leyes de franquismo; empecinados en admitir hasta la saciedad que aun siguen vigentes.
            No contentos, con la erradicación del vuelo de las buchonas, su exterminio sistemático o su degradación, contra todo pronóstico e infrigiendo las Leyes actuales, se permiten la licencia, se pisotear nuestra legislación en lo tendente a las declaraciones de Razas, las cuales competen a las Autonomías y al Ministerio de Agricultura, a través de proyectos llevados a cabo por nuestras universidades.
            Más significativo aun si cabe es la promulgación en sus Autonomías de Leyes, de protección a ese animal dañino y peligroso mal llamado palomo deportivo., donde en sus preámbulos, y sin ningún tipo de pudor, se pueden ver insertados, todas esas Ordenes Gubernativas, con las cuales exterminaron, las palomas ladronas en sus territorios; como la ya expresada Ley Valenciana, o recientemente la promulgada en la Comunidad de Murcia.
            Esta aborigen depredadora, de engaño color y muerte, tuvo su máxima desfachatez en nuestra Comunidad el 23 de marzo del 2.006.- cuando la Federación Andaluza de Colombicultura, presenta su Anteproyecto.
            Ante este nuevo atropello que garantizaría la hegemonía de ese animal dañino y peligroso en un territorio hostil, cual es Andalucía, convirtiendo a las palomas de razas autóctonas, en meras aves de fantasías, condenadas a ser encerradas de por vida, y privándolas de sus vuelos, la afición andaluza se revela nuevamente, y con la lección aprendida por años de coacciones, amenazas y engaños, sabe dirigirse a sus Autoridades y mediante recurso, dejar sin efecto el Anteproyecto de Ley pretendida.
            Más significativo es el adoctrinamiento, que esta casta ha venido haciendo, a través de sus órganos de difusión  con el consentimiento de elementos afines, los cuales, tras pasar por sus cuadros directivos, carentes de toda elección democrática, por la falta de  procedimiento mediante votación libre y secreta; siendo estos cargos de relevancia, han ido plasmando, artículos, opiniones y mil cuestiones más, solo basados en cuentos, mitologías y milongas, en aras de  hacer creer que el origen de todo lo relativo al mundillo de las palomas es eminentemente valenciano y murciano, estandarizando hoy palomos inexistentes o exterminados por ellos mismos, muchas décadas después.
            Lo verdaderamente preocupante, no es ya toda esta maquinaria sectaria, y adoctrinada, lo que realmente es importante, es el apoyo institucional, que por parte de esos elementos afines, infiltrados en las distintas Administraciones, tergiversan toda la realidad, constituyendo un tandeen, que cercenan, toda solicitud, por licita que sea, o constituya un elemento de derecho, que cualquier asociación, club u organización legalmente constituida e inscrita, a la hora de reclamar, lo que en derecho corresponde.
            Caben en este apartado muchas cuestiones, incluso publicadas en BOJA, como el Reglamento Técnico del Servicio, carente de sustento legal, y aun cuando todo lo reglamentado, supone competencias de otras Administraciones o Colegios Profesionales, en clave interna se permiten el lujo de desarrollarlas, a subienda que son contrarias a Derecho; o los intentos de fraude ante otras Consejerías, solicitando el registro de 5,525.- palomares de forma conjunta, falseando todos los datos, o la famosa Instrucción 5 que escondía las sueltas de Picas que se hace en campo abierto y sin control , tras una exposición de palomas de supuestas razas, que se hace en ámbito cerrado.
            Pero ahí no acaba la animadversión por todo lo que esta organización, hizo, hace y seguirá haciendo en el futuro; a pesar de que aquí en Andalucía, se les han parado los pies, siguen anexionando elementos afines a sus bastardos fines, y arremeten contra toda iniciativa legitima de cuantos no comulgamos con tesis.
            Ahora acuden a las Administraciones Locales, donde los elegidos Concejales Piqueros, se permiten el lujo de legislar vía Ordenanza Municipal, aquello que no pudieron conseguir en el ámbito Autonómico, (su lesiva Ley de protección al pica); estas Administraciones, basan toda su ignorancia en el sustento legal de Leyes Valencianas en el contexto autonómico de Andalucía, en honor a la verdad de los hechos, cabe decir que solo en el Aljarafe Sevillano, han conseguido estas Ilegales Ordenanzas, como son los pueblos de Gines, Umbrete y Valencina de la Concepción; para vergüenza de cuantos nos gobiernan; no sería preocupante salvo por la discriminación que sufren en estas poblaciones los aficionados que son increpados, coaccionados e insultados, por sus políticos electos, en forma de pretendidas sanciones, de 6,000 euros , por no encerrar sus palomos, aun cuando estos estén autorizados, por la Consejería de Agricultura; he ahí hasta donde estos miserables llegan, para dar cobertura a unas prácticas valencianas, que nada tienen que ver con nuestras tradiciones y arraigo popular, en la forma de volar nuestras palomas.
            En el 2.008.- agrupados en un proyecto común denominado Club Deportivo de Criadores de Palomas de Razas Autóctonas Andaluzas ( C.D.C.P.R.A.A.) , acudimos a la Consejería de Deportes, y presentamos la solicitud de Modalidad Deportiva del vuelo de nuestras buchonas, consistentes en la Suelta, el Hembreo y el Zuriteo, agotado el plazo del silencio, y solicitado este, una vez conseguida la Modalidad, fueron los miserables de la FEC, a través de su territorial la FAC, quien se oponen a la concesión de dicha Modalidad. Es por ello que tuvimos que demandar a la Junta de Andalucía ante el  máximo Órgano Judicial de nuestra Autonomía, el T.S.J. (Tribunal superior de Justicia de Andalucía).
            Aun hoy siguen esgrimiendo intereses bastardos, y no contentos, con todos sus planteamientos, llevan esta vergüenza a las mismas Administraciones que las apoyan, incluso recurriendo con argumentos fuera de contexto y extemporaneidad, las decisiones legitimas, de los Clubes deportivos, y las decisiones tomadas en el seno de sus Asambleas.
            No respetan ni el más mínimo atisbo de sentido democrático, mediante las coacciones, los engaños y las amenazas. Y como el devenir de los asuntos, les viene grande, pues al final la razón prevalece, intentan hacer causa común, con quien en otro tiempo fueron sus enemigos inconciliables; los Mensajeristas, con los cuales, hoy incluso se rinden pleitesía, en las clausuras de sus eventos; nuevamente, estas castas extranjeras en tierras andaluzas, cuando hablamos de palomos, unen sus fuerzas, para intentar acallar el auge que en nuestra tierra siempre tuvieron los palomos ladrones.
            A pesar de cuantas acciones siguen llevando a cabo, nuestras tradiciones y arraigo popular sigue vivo y goza de muy buena salud, muestra de ello son los más de una veintena de Clubes y Asociaciones que pueblan nuestra Autonomía, fuera del contexto federativo, y esto va en aumento, es solo el principio del final de esa muerte anunciada que se llama Deporte del palomo Pica; al cual para enmascararlo suelen llamarlo por eso del maltrato animal, Palomo de Celo.
            Podríamos seguir enumerando infinidad de salvajadas hechas por estas organizaciones, pero el tiempo,  juez irrefutable pone a cada cual en el sitio que le corresponde, la verdad siempre prevalecerá, y las falsedades y toda las ignominia serán vencidas.

            José Montoya Romero.-
            Noviembre del 2.011.-