martes, 7 de septiembre de 2010

SOBRE LA DENUNCIA A LAS XIIIª JORNADAS DEL BUCHON JIENESE

JOSE MONTOYA ROMERO, Presidente del Club Deportivo  Hermanos Álvarez Quinteros de la localidad de Utrera, inscrito en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas de Andalucía, afecto a la F.A.C. para la practica Deportiva de la especialidad de Exposiciones de Palomas de Raza ;  provisto de Documento Nacional de Identidad número 28,525.895 – F , con licencia de deportista por esa Federación a la que me dirijo, con el numero 5779 y acreditación o carnet de Juez con el numero  96, y domicilio a efectos de notificaciones en Apartado de correos número 262 , C.P.  41710.- de la localidad de Utrera. Como mejor proceda D.I.G.O:

            Que habiendo tenido conocimiento a través de la web de las XIII JORNADAS NACIONALES DEL BUCHON JIENESE, a celebrar en la localidad de Torredonjimeno los días 1 al 8 de diciembre; y habiendo leído todas las normas sobre el mismo, el abajo firmante, viene a hacer las siguientes alegaciones, con el fin de poder participar del Deporte Federado en nuestra Comunidad.

a) El lugar de concentración ha de tener registro de explotación. Los animales procederán de explotaciones registradas conforme al R.D. 479/2004; de 26 de marzo y/o Decreto 14/2006. de 18 de enero.
-            Con la finalidad de participar con un número elevado de participantes el Club que presido, posé número de explotación REGA  ES/41/095/0000846.- que ampara cuantas palomas son propiedad de los afiliados a este Club.
b) Que la documentación necesaria para el movimiento (guía u otro procedimiento que se autorice). A través de G.O,S,P en la que se podrá indicar como observaciones Que se podrá realizar el retorno a su origen, siempre y cuando, se realice en un plazo inferior a cinco días desde su expedición y que la situación sanitaria lo permita.
        -      Que para dar cumplimiento a al punto anterior, se solicita a través de esa Federación a la que me dirijo. El preceptivo número de Registro o numero de Autorización del correspondiente Condicionado Sanitario  dimanante de Nuestras Autoridades, así como copia literal del mismo, dado que sin la presentación del precitado numero de registro y el correspondiente Condicionado Sanitario , la Oficina Comarcal Agraria, no puede expedir las Guías correspondiente , para el transporte de las palomas a esas Jornadas.

Por todo lo expuesto, ruego a la Federación Andaluza de Colombicultura,  Comunique a la Organización y traslade, las peticiones que se contienen en el cuerpo de este escrito.
 Así mismo, lo haga extensivo, a cuantos eventos, Locales con carácter abierto, y Campeonato Provincial de Sevilla, (por cuanto el Delegado Provincial de Raza a la Sazón Antonio García Díaz, parece reticente a aplicar estas medidas y otras que son de obligado cumplimiento); y al Campeonato Regional de Andalucía en el momento que se tenga conocimiento, de las fechas y condiciones de participación del mismo.
 
 Firmado en la Localidad de Utrera a 8 de noviembre del 2009.-



                           EL PRESIDENTE:
                  
                       José Montoya Romero.-



SR, PRESIDENTE DE LA FEDERACION ANDALUZA DE COLOMBICULTURA



JOSE MONTOYA ROMERO, Presidente del Club Deportivo  Hermanos Álvarez Quinteros de la localidad de Utrera, inscrito en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas de Andalucía, afecto a la F.A.C. para la práctica Deportiva de la especialidad de Exposiciones de Palomas de Raza ;  provisto de Documento Nacional de Identidad número 28,525.895 – F , con licencia de deportista por esa Federación a la que me dirijo, con el numero 5779 y acreditación o carnet de Juez con el numero  96, y domicilio a efectos de notificaciones en Apartado de correos número 262 , C.P.  41710.- de la localidad de Utrera. Como mejor proceda D.I.G.O:

Que en continuación a mi escrito de fecha 8 de noviembre, mediante el cual se solicitaba a esa Federación numero de Explotación o número de la autorización del Condicionado Sanitario de la concentración de palomas de Raza descrita como XIII JORNADAS NACIONALES DEL BUCHON JIENESE, que se están celebrando en la Localidad de Torredonjimeno (Jaén) en el Polideportivo Matías Prats, al objeto de poder participar tanto el Dicente, como miembros del Club Deportivo Álvarez Quintero que presido, acogiéndose y dando complimiento a las normas sobre traslado de animales dimanante de Nuestras Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Que habiendo terminado el plazo para la presentación de nuestras palomas, en dicho evento y no habiendo tenido comunicación, tanto por parte de la Federación, a la cual me dirijo, como por parte de la Organización de ese Evento; el abajo firmante entiende que se han vulnerado los derechos de participación tanto del que suscribe , como de los miembros afectos a esa Federación a la que pertenece al Club Deportivo antes aludido, y que practican el Deporte Federado en la Especialidad de Exposición de palomas de Razas, mediante la preceptiva Licencia.

Cabe por tanto, comunicación expresa a dicha Federación, que efectuamos en este acto,  así como  el ejercitar las acciones legales que considere necesarias.

Lo que se comunica en la ciudad de Utrera a 2 de Diciembre del 2009


Fdo: José Montoya Romero.-






SR. PRESIDENTE DE LA FEDERACION ANDALUZA DE COLOMBICULTURA


JOSE MONTOYA ROMERO,  provisto de Documento Nacional de Identidad número 28,525.895 – F, Hijo de José y de María con domicilio  en  Urbanización la Herradera calle Dionisos final finca de campo y domicilio a efectos de notificaciones en Apartado  de Correos número 262 , C.P.  41710.-  teléfono número: 600420831.- ambos domicilios  de la localidad de Utrera. Como mejor proceda en Derecho D.I.G.O:

         Por la presente vengo a requerir a los Miembros afectos a los Servicios de Protección de la Naturaleza del Cuerpo de la Guardia Civil, para la verificación de los extremos que se insertan en el Cuerpo de este escrito; en relación con la concentración de palomas sito en la Localidad de Torredonjimeno (Jaén)        los días 1 al 8 de diciembre, en el lugar denominado Polideportivo Matias Prats. A los efectos de comprobar todos los requisitos legales dimanantes de nuestras Autoridades, para las concentraciones de animales, que se expresan a continuación:

        • El palomar o lugar de concentración ha de tener registro de explotación. Los animales procederán de explotaciones registradas conforme al R.D. 479/2004; de 26 de marzo y/o Decreto 14/2006. de 18 de enero.

• Deberán reflejarse para la concentración de animales un registro con al menos de animales y los datos de las exportaciones de origen y de destino, Dicho registro será, responsabilidad de la dirección de la concentración, y estará a disposición de los veterinarios oficiales y/o habilitados; dependientes de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura.

• Con el fin de reducir el riesgo de difusión de enfermedades infecto-Contagiosas en el ganado aviar, la concentración se realizara a la distancia  reglamentariamente establecida en la normativa especifica respecto a las explotaciones ganaderas o instalaciones  que puedan ser vehiculo o fuente de contagio.

• Debe realizarse sin sufrimiento  y maltrato a los animales o cualquier circunstancia constitutiva de Infracción según la Ley 11/2003, del 24· de noviembre, de protección de los animales o según la ley 32/2007, de 7 de noviembre, ley para el Cuidado de los Animales en su Explotación, Transporte, Experimentación y Sacrificio. .

• Los participantes están obligados a comunicar todos aquellos hechos o actividades Que Supongan una sospecha de enfermedad o  riesgo y grave peligro para la salud humana, animal o el medio ambiente y el bienestar de los animales

CONDICIONES DEL TRANSPORTE

• El transporte se realizaran en vehículos registrados, exceptuando turismos propios,
• En los desplazamientos, los animales deberán disponer de espacio suficiente.
• Asimismo, los medios de transportes y los embalajes deberán ser apropiados para proteger los animales de la intemperie y de las inclemencias climatológicas, debiéndose llevar  estos embalajes  la indicación dé la presencia de animales vivos (exceptuando  los turismos propios) .

• Durante el transporte .Y la espera los animales deberán poseer bebederos y recibir  alimentación a intervalos convenientes, en función de sus necesidades fisiológicas,

• El medio o vehículo donde se transportan los animales tendrán uns buenas condiciones higiénico - sanitarias de acuerdo  a las necesidades fisiológicas y etológicas.

• Los animales no deben soportar molestias ni daños injustificados en la carga y la descarga.

• Documentación necesaria para el movimiento (guía u otro procedimiento que se autorice). A través de G.O,S,P en la que se podrá indicar como observaciones Que se podrá realizar el retorno a su origen, siempre y cuando, se realice en un plazo inferior a cinco días desde su expedición y que la situación sanitaria lo permita.

CONDICIONES DE LOS ANIMALES:

• Los animales irán identificados  mediante anilla o  sistema que permita su identificación individual.

• Los animales en el  día de la expedición y antes de la concentración no han de tener ningún síntoma o signo que sea indicativo de cualquier enfermedad.

• En caso de producirse alguna muerte, se procederá a su destrucción conforme el Decreto 68/2009, de 24 de marzo, por el  que se regulan las disposiciones especificas para la ampliación de la normativa comunitaria y estatal en materia de subproductos de origen animal  no destinados  al consumo humano en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

CONDICIONES DE LOS ALOJAMIENTOS:

• Las JAULAS Y HABITACULOS deben estar construidos con materiales  y formas que permitan su fácil limpieza y desinfección y eviten la provocación de heridas a los animales.

• En caso de instalarse jaulas en varios pisos, la parte inferior de las mismas estará construida o equipada de tal forma que se impida el paso de materias contaminantes y/o deyecciones a los pisos inferiores

• Las jaulas o habitáculos, tendrán unas dimensiones las suficientemente amplias para evitar el hacinamiento y permitan la cómoda permanencia con la cabeza erguida, pudiendo en todo momento girar sobre si misma con comodidad

• El ente organizador dará a conocer entre los participantes el presente el presente condicionado sanitario responsabilizándose  del mismo y aportando los medios de control necesarios para ello.

• Los servicios  Veterinarios Oficiales  dependientes de la Delegación Provincial de la Consejería  de Agricultura y Pesca realizaran las comprobaciones que estimen oportunas sobre el cumplimiento de este e este condicionado  que estará sujeto a cuantas modificaciones considere necesarias la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, en caso de aparición de circunstancias epizoológicas extraordinarias bien directamente o a propuesta de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca.

Esta autorización podrá revocarse cuando la situación epidemiológica así lo estime conveniente.


        Que las normas anteriormente descritas, dimanan de la Directora General de Producción Agraria, siendo estas de obligado  cumplimiento, especificándose en el cuerpo del mismo su sustento Legal.

         Que dicha denuncia de hace en virtud de haber solicitado a la Federación Andaluza de Colombicultura, el precitado número de Registro o bien el numero del Condicionado para poder asistir a concursar en dicho evento con las pertinentes guías de circulación y no infringir la normativa vigente.
 Que habiendo finalizado el plazo de inscripción para poder asistir, el abajo firmante entiendo que se han vulnerado sus derechos de participación en el Deporte Federado en Andalucía.



Lo que se firma en la Localidad de Utrera a 2 de diciembre del 2009.





 Fdo José Montoya Romero.